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Política de integridad

POLÍTICA DE INTEGRIDAD


Actualizado y aprobado en Sesión de Directorio de fecha 14 de octubre del 2021

 

I. OBJETO

Establecer lineamientos orientados a instaurar una cultura de integridad dentro de Cyberline SRL.

II. FINALIDAD

Constituirnos como una entidad reconocida por sus buenas prácticas corporativas y por la transparencia y promoción de la integridad; que garantiza la prevención y sanción efectiva frente a cualquier acto de corrupción o práctica cuestionable que infrinja los principios y valores definidos en el Código de Ética.

III. BASE LEGAL

  • Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobado por Decreto Supremo N° 092-2017-PCM del 14.09.2017.
  • Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 – 2021, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM del 26.04.2018.

IV. DEFINICIONES

a. Colaborador: Para efectos de la presente Política se considerará como colaborador a los Directores y personal de confianza, así como todo trabajador y practicantes de la empresa, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea nombrado, contratado o designado, que desempeñe actividades o funciones en nombre de la empresa, independientemente del régimen laboral o de contratación al que se encuentre sujeto.

b. Contribuciones Políticas: Aportes de bienes (de naturaleza financiera o no) a favor de un partido político, miembro de un partido político o candidato a un cargo político.

c. Corrupción: Mal uso del poder público o privado para obtener un beneficio indebido; económico, no económico o ventaja; directa o indirecta; por agentes públicos, privados o ciudadanos; vulnerando los principios y deberes éticos, normas y derechos fundamentales.

d. Cortesía: Demostración o acto con que se manifiesta la atención o respeto que tiene alguien a otra persona con el propósito de iniciar o fomentar una relación comercial o profesional.

e. Debida Diligencia: Proceso a través del cual la empresa identifica y evalúa la naturaleza y el alcance de los riesgos en el relacionamiento con sus grupos de interés, con la finalidad de prevenirlos o mitigarlos.

f. Donación: Transferencia gratuita de la propiedad de un bien a un tercero.

g. Grupos de Interés: Conjunto de personas naturales y/o jurídicas que por sus características comunes pueden verse significativamente afectados o afectar positiva o negativamente el desarrollo de las actividades de la empresa. Para efectos de la presente Política, se precisa como grupos de interés a los siguientes: clientes/usuarios, proveedores, trabajadores, contrapartes, socios comerciales, Estado en general.

h. Integridad Pública: Es el posicionamiento consistente y adhesión a valores éticos comunes, así como el conjunto de principios y normas destinadas a proteger, mantener y priorizar el interés público sobre los intereses privados.

i.Normas de Integridad: Este concepto incorpora al Código de Ética, Política de Integridad, Política de Gestión de Conflictos de Interés, Protocolo de Actuación en el trato con Funcionario Públicos y toda aquella norma cuyo objetivo sea prevenir, gestionar y/o combatir prácticas que vayan en contra de la Ética e Integridad.

j. Pagos de Facilitación: Ofrecer, prometer, entregar ventajas indebidas con el objetivo de agilizar algún trámite ante cualquier autoridad o funcionario de la administración pública (pago de facilitación activo).

k. Patrocinio: Acto de asumir parcial o íntegramente los gastos de una actividad, auspiciando el mismo con o sin fines publicitarios, económicos o de imagen.

l. Práctica Cuestionable: Independientemente de las conductas que puedan ser consideradas como actos de corrupción, las prácticas cuestionables son aquellas que involucran posibles conflictos de interés u otras actividades que pudieran implicar una infracción a las normas de integridad.

m. Proveedor: La persona natural o jurídica que vende o arrienda bienes, presta servicios en general.

n. Regalos: Dádiva que se hace voluntariamente o por costumbre.

o. Soborno: Oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no), directamente o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación a las normas aplicables, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de sus funciones u obligaciones.

V. DISPOSICIONES GENERALES

5.1 Cyberline SRL y todos sus colaboradores mantienen un compromiso firme con la ética, integridad y con la lucha contra la corrupción, por lo que todas las actividades desarrolladas por la empresa, sean de negocio o no, deben ser lícitas y efectuarse bajo el estricto cumplimiento de las normas de integridad de la empresa

5.2 Cyberline SRL prohíbe y combate cualquier acto de corrupción y/o práctica cuestionable en la cual los colaboradores, en el ejercicio de sus deberes o funciones, y/o en nombre de la empresa, se vean involucrados como agentes activos o pasivos.

5.3 Cyberline SRL prohíbe y sanciona la falsificación y alteración de información y registros, con el objetivo de eludir lo establecido en las normas de integridad.

5.4 Cyberline SRL gestiona permanentemente sus riesgos de corrupción, implementando los procedimientos pertinentes y controles necesarios para mitigarlos.

5.5 Cyberline SRL garantiza que el personal involucrado en la prevención, investigación y sanción de los actos que vayan en contra de las normas de integridad, tengan la autoridad e independencia adecuada para cumplir con sus atribuciones, funciones y responsabilidades

5.6 Los colaboradores velan por la protección de la reputación de la empresa, asimismo, hacen uso responsable de los bienes asignados.

5.7 Cyberline SRL promueve el uso adecuado y responsable de sus bienes, asegurando que éstos sean utilizados para la finalidad para las que fueron asignados.

5.8 Los colaboradores son responsables de la autenticidad y del contenido de los documentos que ellos presenten a Cyberline SRL, para sustentar, acreditar o evidenciar cualquier situación o información que impacte en su relación laboral con la empresa.

5.9 Los colaboradores asumen el deber y compromiso de denunciar actos que infrinjan las normas de integridad, a través de los canales que la empresa pone a su disposición.

5.10 Cyberline SRL promueve comportamientos éticos a través de la sensibilización y capacitación de los colaboradores sobre el cumplimiento de las normas de integridad.

5.11 Cyberline SRL reafirma su compromiso de promover las conductas éticas e integras difundiendo entre sus grupos de interés el conocimiento y cumplimiento de la presente política.

5.12 Las dudas o consultas que pudieran generarse en la aplicación de los lineamientos y obligaciones contenidas en la presente Política, deberán ser formuladas al Directorio, a fin de que sean absueltas.

VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

Las disposiciones específicas contempladas en el marco de la presente Política, complementan lo establecido en el Código de Ética de la empresa.

6.1 Lineamientos antisoborno

6.1.1 Cyberline SRL prohíbe el soborno (activo y pasivo), en todos sus procesos y relacionamientos con clientes/usuarios, colaboradores, administrados, socios comerciales, proveedores, autoridades, otros funcionarios de la administración pública y cualquier otro grupo de interés.

6.1.2 Los colaboradores de la empresa se encuentran prohibidos de ofrecer, prometer o entregar ventajas indebidas (de naturaleza financiera o no), directa o indirectamente, como incentivo o recompensa para que otra persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de sus funciones u obligaciones. Del mismo modo, se encuentran prohibidos de solicitar o recibir ventajas indebidas (de naturaleza financiera o no), directa o indirectamente, como incentivo o recompensa para actuar o dejar de actuar en relación con el desempeño de sus funciones u obligaciones.

6.1.3 Los colaboradores de Cyberline SRL se encuentran prohibidos de ofrecer, prometer, entregar ventajas indebidas con el objeto de agilizar algún trámite ante cualquier autoridad o funcionario de la administración pública. Del mismo modo, los colaboradores se encuentran prohibidos de solicitar o recibir ventajas indebidas (de naturaleza financiera o no) con el objeto de agilizar algún trámite interno.

6.2 Reglas para el otorgamiento y recepción de regalos y/o cortesías

6.2.1 Cyberline SRL prohíbe a sus colaboradores el otorgamiento o recepción de regalos y/o cortesías, en el ejercicio de sus deberes o funciones y/o en nombre de la empresa, con excepción de:

6.2.1.1 Aquellos que se otorguen o sean recibidos en ceremonias, actividades protocolares o eventos oficiales en los cuales participe Cyberline SRL, y cuyo otorgamiento o recepción sea razonable y no sea percibido como una influencia inapropiada por el receptor del mismo. Los regalos y/o cortesías que no cumplan con el criterio señalado en el párrafo anterior y que no puedan ser rechazados en el acto, deberán ser devueltos posteriormente por el colaborador que lo recibió, dejando constancia de ello.

6.2.1.2 Aquellos otorgados en ceremonias, actividades protocolares o eventos oficiales organizados por Cyberline SRL para sus clientes/usuarios o ciudadanos de determinada localidad.

6.2.1.3 Aquellos otorgados por Cyberline SRL para los colaboradores de la empresa, con motivo de fechas o eventos conmemorativos o celebres a nivel institucional en la empresa.

6.3 Contribuciones Políticas, Patrocinios y Donaciones

6.3.1 Cyberline SRL no otorga contribuciones políticas de ningún tipo.

6.3.2 Los patrocinios y donaciones que se otorguen tienen fines benéficos, están alineados a actividades de Responsabilidad Social Empresarial y/o a las Políticas o Reglamentos aprobados solo por el Directorio.

6.3.3 Está prohibido que éstas representen formas encubiertas de soborno o pagos de facilitación.

6.4 Lineamientos para la debida diligencia en el relacionamiento de la empresa con sus grupos de interés.

6.4.1 Cyberline SRL adopta las medidas necesarias a fin de que las relaciones que mantenga con sus grupos de interés se lleven a cabo en respeto de las normas de integridad.

6.4.2 Cyberline SRL evita vincularse con aquellos grupos de interés que pongan en riesgo su reputación.

6.4.3 Cyberline SRL gestiona sus riesgos, comprometiéndose a implementar procedimientos de debida diligencia antes y durante el relacionamiento con sus grupos de interés.

6.4.4 Cyberline SRL adopta las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas en materia de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo exigidas por las entidades reguladoras.

6.5 Gestión de denuncias y publicación de información de denuncias recibidas

6.5.1 Cyberline SRL adopta las medidas necesarias para tramitar con eficiencia las denuncias que se presenten por infracción a las normas de integridad.

6.5.2 Cyberline SRL asegura que no existan represalias de cualquier tipo por denunciar actos que vayan en contra de lo establecido en las normas de integridad. Es deber y compromiso de la empresa implementar mecanismos de protección al denunciante.

6.5.3 Cyberline SRL se compromete a transparentar la publicación de reportes sobre las medidas disciplinarias aplicadas.

VII. ALCANCE

Esta política es aplicable a todos los Empleados, Administradores, Accionistas, Directores, Proveedores y Personas Asociadas a Cyberline SRL.

VIII. RESPONSABILIDADES

  • Colaboradores de Cyberline SRL: Cumplir con lo establecido en este protocolo
  • Gerencia General y Complementarias: Verificar el cumplimiento de lo dispuesto en este protocolo.
  • Gerencia General y Complementarias: Garantizar la adecuada difusión de este documento a toda la Organización.

IX. ENTRADA EN VIGOR Y VIGENCIA

El presente documento será de aplicación a partir del día siguiente de la fecha de su promulgación por el Gerente General de Cyberline SRL y su vigencia se mantendrá mientras no sea modificado o derogado por otro posterior.

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